Lunes, Junio 29, 2015
Sobre el Recurso Ordinario de Apelación que pretendía lograr fallo favorable para permitir al recurrente iniciar el proceso de revocatoria del mandato de varios asambleístas; el Pleno del Tribunal Contencioso Electoral resolvió que para solicitar la revocatoria de las autoridades de elección popular se debe pertenecer a la circunscripción territorial de dicha autoridad, caso contrario no opera tal solicitud; por otra parte expresó que el recurrente debe fundamentar su solicitud en base a las causales que para tales efectos prevé la ley, siendo que en el presente caso el peticionario fundame
Viernes, Enero 15, 2016
El derecho adquirido para optar por una candidatura, no puede ser vulnerado cuando ha sido obtenido al amparo de los estatutos partidarios. Sentencia TSE-02-2016 de fecha 15 de enero del 2016, dictada por el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana.
Viernes, Septiembre 18, 2015
En el sistema electoral dominicano las reservas de candidatura que hacen los partidos no constituyen violación a los derechos fundamentales de los miembros y dirigentes de los partidos políticos. Sentencia TSE 018-2015 del 18 de Septiembre de 2015, dictada por el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana.
Lunes, Agosto 10, 2015
INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURA. Condiciones para competir. Calidad para accionar en amparo. Sentencia TSE 013-2015 del 10 de agosto de 2015. Dictada por el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana (Recurrida en revisión ante el Tribunal Constitucional, el cual mediante TC 0177/14 rechazó el recurso mediante la sentencia Núm. TC-0006-14 y confirmó la sentencia recurrida).
Viernes, Junio 6, 2014
INSCRIPCIÓN DE CANDIDATURA. Impedimento a inscripción. Derecho a elegir y ser elegido. Sentencia TSE-027-2014 del 6 de junio de 2014 dictada por el Tribunal Superior Electoral de la República Dominicana. (Recurrida en revisión ante el Tribunal Constitucional, el cual mediante sentencia TC 0531/15 rechazó el recurso y confirmó la sentencia recurrida).
Martes, Octubre 27, 2015
El Jurado Nacional de Elecciones señala que, si bien un supuesto de suspensión de la ciudadanía es haber sido condenado por delito doloso, de acuerdo al artículo 33 de la Constitución Política del Perú; si la sentencia aún no ha adquirido firmeza, el candidato no está impedido de postular en el proceso electoral.
Miércoles, Septiembre 10, 2014
El Jurado Nacional de Elecciones señala que, toda vez que existe una norma-regla específica y clara respecto a que el cargo de congresista es irrenunciable, prevista en el artículo 95 de la Constitución Política de 1993, quien lo desempeñe no puede postular al cargo de Gobernador Regional. En esa medida, el colegiado electoral estimó fundados los cuestionamientos formulados contra la candidatura de Marco Tulio Falconí Picardo, congresista de la República, y dispuso su exclusión de las Elecciones Regionales 2014.
Lunes, Febrero 22, 2016
El artículo 114 de la Ley Orgánica de Elecciones establece que están impedidos de ser candidatos al Congreso de la República los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos y de los organismos y empresas del Estado que no soliciten licencia sin goce de haber, la cual debe serles concedida sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones.
Viernes, Enero 22, 2016
El Jurado Electoral Especial declaró improcedente la solicitud de inscripción del señor Isaac Humala Núñez como candidato a la segunda Vicepresidencia de la República por el partido político Siempre Unidos, en aplicación de la prohibición contenida en el artículo 107, literal e, de la Ley Orgánica de Elecciones, ya que, es familiar directo (padre) del señor Ollanta Humala Tasso, actual Presidente de la República.
Lunes, Marzo 2, 2009
Impugnación de postulación de un candidato a Diputado por haber competido y perdido en las elecciones primarias de otro partido político. A través del presente fallo, el organismo electoral determinó que las personas que participen en una elección primaria o interna de un partido político, y pierdan dicha elección, no pueden ser postuladas por otro colectivo político si no media autorización del partido en donde compitió inicialmente.